Documentos de transporte
Son los documentos expedidos por la empresa transportista que hace constancia que la mercancía se ha embarcado o se embarcará a un destino determinado y asimismo, de la condición en que se encuentra. El transportista es responsable del envío y de la custodia de la mercancía hasta el punto de destino, de acuerdo con las condiciones pactadas. Dependiendo del tipo de tráfico y del medio de transporte utilizado (maritimo, terrestre, aereo o multimodal) por la empresa transportista, este documento se denomina:
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Guía aérea (airway bill). Tráfico aéreo
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Conocimiento de embarque (bill of lading/ B/L) Tráfico marítimo
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Carta de porte. Autotransporte
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Talón de embarque. Ferrocarril
La información básica que contienen estos documentos es:
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Nombre y dirección del remitente (exportador)
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Nombre y dirección del destinatario o consignatario; (importador)
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Mercancía que se transporta;
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Números de contenedores y
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Puerto de destino, entre otros.
El documento de transporte forma parte de la documentación que se envía al importador en el país de destino. Los términos del documento de transporte deben coincidir con los de la carta de crédito o, en su caso, con los del contrato de compraventa, la factura, lista de empaque (por ejemplo, en lo referente a la descripción de la mercancía), etc. Asimismo, se debe conservar la copia del documento de transporte, debido a que constituye un respaldo de la operación y en caso para aclaraciones
(Artículo 36 primer párrafo, fracción II, de la Ley Aduanera),

